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Programa de Vigilancia Sanitaria de Aguas de Consumo Humano en Castilla y León

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Sección:

A. Administración General de la Comunidad de Castilla y León

Organismo que lo promueve:

Consejería de Sanidad

Tipo de programa:

Programa

Descripción:

a) Concretar, en el ámbito de Castilla y León las responsabilidades, obligaciones y competencias de la captación hasta el grifo del consumidor.

b) Establecer las líneas de actuación en el autocontrol a través de los protocolos de autocontrol y gestión de los abastecimientos.

c) Planificar la vigilancia sanitaria del agua de consumo humano.

d) Conocer y mejorar la calidad sanitaria del agua, así como el estado de las infraestructuras de los abastecimientos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

e) Facilitar al ciudadano la información disponible sobre los aspectos sanitarios del agua de consumo humano, de manera clara y comprensible.

f) Dar cumplimiento al Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.

Objetivos:

conseguir un control y vigilancia eficiente de las aguas de consumo humano en castilla y leon a fin de evitar o reducir al maximo los posibles riesgos para la salud humana como consecuencia de una contaminación de las aguas, informando adecuada y suficientemente a la poblacion

Medios:

recursos materiales y humanos de la consejería de sanidad

Instrumento de aprobación:

Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano y ORDEN SAN/132/2015, de 20 de febrero. BOE y BOCyL

Actividades:

Las ActividaDes a desarroLlar se encuentran dentro de las siguientes líneas de atuación en los terminos previstos en el R.D.140/2003 y en la Orden SAN/132/2015 descritas en el Programa: 1. Introducción 2. Objetivos 3. Contenido del Programa 4. Incidencias y calificaciones 5. Responsabilidades y competencias 6. Tratamientos de potabilización 7. Cisternas y depósitos móviles 8. Formación 9. Informes sanitarios de infraestrurcturas 10. Autocontrol 11. Vigilancia sanitaria 12. Grifo consumidor 13. Incumplimientos 14. SINAC 15. Fuentes naturales

Período de aplicación:

2009/Indefinida