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Vías pecuarias

Se entiende por vías pecuarias las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero. Asimismo, las vías pecuarias podrán ser destinadas a otros usos compatibles y complementarios en términos acordes con su naturaleza y sus fines, dando prioridad al tránsito ganadero y otros usos rurales, e inspirándose en el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, al paisaje y al patrimonio natural y cultural.

Se ofrecen datos a nivel de Comunidad, desglosados por provincias, sobre las vías pecuarias clasificadas de Castilla y León según la tipología que establece la Ley de Vías Pecuarias. Se incluyen los descansaderos que forman parte de las vías pecuarias, y datos sobre parcelas de reemplazo que resultan de la compensación de superficies tras los procesos de Concentración Parcelaria cuando éstos suponen una merma superficial en vías pecuarias a las que afectan.

Origen de la publicación:

Normativa estatal

Frecuencia de actualización:

Anual

Estado de ejecución:

Finalizado

Formatos disponibles para descarga:

CSV, HTML, XLS