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Registro de actividades alimentarias y establecimientos alimentarios

Los responsables de las empresas alimentarias deben comunicar a la autoridad competente los establecimientos y las actividades alimentarias que estén bajo su control y estén relacionados con la elaboración y comercialización de alimentos, a los efectos de su inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Alimentarias de Castilla y León (REAAL) y, además, en el caso de empresas de ámbito nacional, su inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA). No obstante, cierto tipo de establecimientos están obligados por los Reglamentos europeos a obtener, previamente al inicio de su actividad, una autorización sanitaria de funcionamiento (ASF). Todos estos establecimientos con ASF se inscribirán en el registro nacional (RGSEAA) además del registro autonómico.

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Finalizado

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